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Exenciones en el IRPF por la venta de una vivienda habitual

Exenciones en el IRPF por la venta de una vivienda habitual

Vender una vivienda genera una ganancia patrimonial que debe declararse en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, la legislación española contempla una serie de exenciones fiscales que permiten reducir o incluso eliminar el pago de impuestos en determinadas situaciones.
Si estás pensando en vender tu vivienda habitual y quieres saber cómo evitar pagar IRPF, en este artículo te explicamos qué exenciones existen, cuáles son los requisitos para aplicarlas y qué estrategias puedes utilizar para minimizar tu carga fiscal.

¿Cuándo hay que pagar IRPF por la venta de una vivienda?

La venta de una vivienda genera una ganancia o pérdida patrimonial, que se calcula como la diferencia entre el precio de venta y el valor de adquisición, teniendo en cuenta los gastos asociados a la compraventa.

Fórmula para calcular la ganancia patrimonial

Ganancia patrimonial = Precio de venta – (Valor de adquisición + Gastos asociados)

Si el resultado es positivo, se considera una ganancia patrimonial y debe incluirse en la base imponible del ahorro del IRPF, tributando según los siguientes tramos:

  • Hasta 6.000 €: 19%
  • De 6.000 € a 50.000 €: 21%
  • De 50.000 € a 200.000 €: 23%
  • Más de 200.000 €: 27%

Por ejemplo, si la ganancia patrimonial es de 40.000 euros, la tributación quedaría así:

  • 6.000 € al 19% → 1.140 €
  • 34.000 € al 21% → 7.140 €

Total a pagar en IRPF: 8.280 euros
Sin embargo, existen diversas exenciones que pueden evitar este pago.

Principales exenciones en el IRPF por la venta de una vivienda habitual

El IRPF permite aplicar exenciones en la venta de una vivienda habitual bajo ciertas condiciones. Las principales son:

1. Exención por reinversión en vivienda habitual

Si el dinero obtenido por la venta de la vivienda se destina a la compra de otra vivienda habitual, se puede solicitar la exención total o parcial del IRPF.

Requisitos para aplicar esta exención

  • La nueva vivienda debe destinarse a residencia habitual del vendedor.
  • La reinversión debe realizarse en un plazo máximo de dos años antes o después de la venta.
  • Si la reinversión es parcial, la exención también será parcial.

Ejemplo práctico
Imaginemos que vendes tu vivienda por 200.000 € y obtienes una ganancia patrimonial de 50.000 €. Si utilizas 150.000 € para comprar una nueva vivienda habitual, solo el 75% de la ganancia estará exenta.
La cantidad sujeta a tributación sería el 25% de 50.000 € = 12.500 €, que tributará según los tramos del IRPF.

2. Exención por venta de vivienda habitual para mayores de 65 años

Las personas mayores de 65 años que vendan su vivienda habitual están exentas de pagar IRPF sobre la ganancia patrimonial, sin necesidad de reinvertir el dinero.
Requisitos
El vendedor debe tener 65 años o más en el momento de la venta.

La vivienda debe haber sido su residencia habitual durante al menos tres años previos a la venta.

Ejemplo práctico
Una persona de 68 años vende su vivienda por 250.000 €, con una ganancia patrimonial de 100.000 €. Gracias a esta exención, no tendrá que pagar IRPF por la venta, ahorrándose más de 21.000 euros en impuestos.

3. Exención por la venta de vivienda habitual para personas en situación de dependencia severa o gran dependencia

Las personas con un grado de dependencia severa o gran dependencia también pueden acogerse a la exención total en el IRPF al vender su vivienda habitual.
Requisitos

  • Acreditar la situación de dependencia mediante el reconocimiento oficial de la administración.
  • La vivienda vendida debe haber sido la residencia habitual del contribuyente durante al menos tres años.

Esta medida busca proteger económicamente a personas en situación vulnerable, permitiéndoles disponer de su patrimonio sin cargas fiscales adicionales.

4. Exención por transmisión de vivienda para constituir una renta vitalicia

Las personas mayores de 65 años pueden evitar pagar IRPF si utilizan el dinero obtenido en la venta de su vivienda para contratar una renta vitalicia, con el objetivo de garantizar ingresos periódicos durante el resto de su vida.
Requisitos
La reinvestigación debe realizarse en un plazo de seis meses tras la venta.

El importe máximo exento es de 240.000 euros.

La renta vitalicia debe formalizarse con una entidad aseguradora.

5. Exención por dación en pago de la vivienda habitual

En casos de ejecución hipotecaria, cuando una persona entrega su vivienda habitual al banco para saldar una deuda, queda exenta de tributar en el IRPF por la ganancia patrimonial generada en la operación.
Requisitos
La dación en pago debe realizarse para cancelar una deuda hipotecaria vinculada a la vivienda habitual.

El propietario no debe disponer de otros bienes o ingresos suficientes para afrontar el pago de la deuda.

Esta medida protege a quienes se ven obligados a entregar su vivienda para evitar un embargo, evitando una carga fiscal adicional.

 

Vender una vivienda habitual puede implicar una tributación elevada en el IRPF, pero existen varias exenciones fiscales que permiten reducir o incluso eliminar el pago de impuestos.

  • Si reinviertes en otra vivienda habitual, puedes evitar tributar por la ganancia patrimonial.
  • Si tienes más de 65 años, estás exento de pagar IRPF por la venta de tu vivienda.
  • Las personas con dependencia severa también pueden beneficiarse de esta exención.
  • Si utilizas el dinero para contratar una renta vitalicia, puedes evitar pagar impuestos hasta 240.000 €.
  • En casos de dación en pago, no se tributa por la ganancia patrimonial.

Si estás pensando en vender tu vivienda habitual, consulta con Hispania Inmobiliaria para asegurarte de aplicar las exenciones correctamente y optimizar tu declaración de la renta.

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